Anécdotas Hípicas Venezolanas presenta

El Caso Titita-Don Sandor en La Limpia

Por Gustavo Lepage

 

En la séptima carrera del programa de carreras número 45 celebrado en el Hipódromo de Maracaibo (La Limpia) el día viernes 30 de noviembre de 1962, los comisarios resolvieron el empate apreciado por el Juez de Llegada, en forma errada, anunciando como ganador de la carrera al caballo Don Sandor, a pesar de que la fotografía de llegada indicaba ventaja apreciable a favor de Titita como ganadora, tal y como pudo ser constatado por el público al exhibirse la copia fotográfica correspondiente. Al apreciar los Comisarios el error en que habían incurrido celebraron una reunión especial, en la cual emitieron una resolución que rectificaba a satisfacción el error cometido y por la misma quedaba el orden de llegada señalando a Titita como ganadora sobre Don Sandor, tal y cual se apreciaba en la prueba fotográfica correspondiente.

 

Los Comisarios hicieron acto de presencia en reunión extraordinaria del Directorio del Hipódromo de Maracaibo el día sábado 2 de diciembre en horas de la tarde, para hacer del conocimiento de la administración de su reciente resolución y cambio de orden de llegada. Dicha resolución fue sometida a consulta jurídica, siendo el informe recibido por el Directorio suficientemente preciso, en cuanto a que estaba en un todo conforme a la legislación, la medida de rectificación emitida por los comisarios.

 

Tanto los cintillos fotográficos como las resoluciones del Comisariato fueron dados al conocimiento público y de la prensa, tal y como siempre se ha hecho hasta el momento el Directorio con toda situación especial, a fin de que se difunda claramente al público todos los particulares de cada caso, sistema administrativo normal y propio de las circunstancias.

 

La medida adoptada por el Comisariato trajo como consecuencia la ordenación de dividendos para el orden de carreras modificado y la cancelación de las boletas premiadas y presentadas al cobro. Percibieron pago, en consecuencia, las personas que presentaron boletos ganadores de Don Sandor, mientras estuvo en vigencia el error, así como los que tenían derecho a cobro cuando fue declarada ganadora la yegua Titita, con lo cual no se introdujo perjuicio alguno a los apostadores, como en estricta justicia correspondía.

 

 

La nueva decisión de los Comisarios es correcta, por cuanto el contenido del Artículo 73, integrante del capítulo correspondiente al “Juez de Llegada” en el Reglamento de Carreras, señala la inapelabilidad de los fallos, solo en los casos que estén de acuerdo o dentro del reglamento, no siendo así el presente caso, muy especial en su condición y no registrado en los artículos precedentes del mismo capítulo. Así mismo, la limitación de los reglamentos no puede en forma alguna impedir el establecimiento de la justicia; en casos tan evidentes y plenamente comprobados como el presente. El espíritu de la justicia, inequívoco en este caso, está amparado en las leyes nacionales y en si carta fundamental, documentos que sobrepasan las fronteras del Reglamento de Carreras, en todo caso especial. De allí que se procediera justamente a establecer la rectificación imprescindible que daría derecho al público al cobro de los boletos del ejemplar que realmente había resultado ganador de la carrera.

 

La decisión de rectificación, adoptada por los mismos comisarios, sin que se sometiera apelación alguna ante la administración del Directorio, es una actitud enaltecedora, que nos dice muy a las claras que el error fue involuntario y libre de fines inescrupulosos. Con ello, una vez más y dentro del marco de sus responsabilidades, se procedió con sensatez meridiana. La reversión de este fallo tiene sus raíces en el clima de orden y responsabilidad, establecido por el Directorio en toda su actuación y mediante la cual los Comisarios pudieron hacer libre uso de su autonomía, sin que se ameritaran fallos de organismos administrativos superiores. Los Comisarios erraron, pero supieron rectificar. Los Comisarios que intervinieron en el caso, son personas de larga y fructífera trayectoria dentro de nuestro hipismo y la rectificación tomada es consecuente con la labor tesonera desarrollada en el pasado por los mismos. El fallo del caso fue acompañado de amplias explicaciones y de la renuncia de los Comisarios, renuncia que fue aceptada por el Directorio; así mismo, los Comisarios se responsabilizaron plenamente por los perjuicios económicos causados a la administración.

 

El expediente de este caso, pasado ya al Instituto Nacional de Hipódromos, quedará asentado en la historia del hipismo nacional como testigo de la responsabilidad, justicia y expedición con que son resueltos los más graves casos en el actual orden administrativo. Al satisfacer justicieramente todos los derechos, el Directorio da muestras de poder garantizar administrativamente el futuro del hipismo zuliano.

 

Fuentes: extraído de la revista Hípica Zuliana

 

Anécdotas Hípicas Venezolanas, miércoles 30 de noviembre de 2022

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